Turquía ofrece sociedades de responsabilidad limitada (limited şirket, Ltd. Şti.) y anónimas (anonim şirket, A.Ş.) conforme al Código de Comercio turco. Las sociedades se registran en el Registro Mercantil a través de MERSİS. La inversión extranjera está generalmente permitida por la Ley de Inversión Extranjera Directa, con sujeción a normas sectoriales.
Acompañamos a los fundadores no residentes en cada etapa: registro de la empresa, domicilio social, contabilidad y declaraciones fiscales, contratación y nóminas, y apertura de la cuenta bancaria corporativa.
Turquía ofrece formas de responsabilidad limitada y anónima conforme a un derecho mercantil codificado.
Las principales ventajas incluyen:
Las sociedades turcas se constituyen conforme al Código de Comercio turco y se inscriben en el Registro Mercantil.
La limited şirket es la forma habitual de pyme. El capital mínimo es de 50.000 TRY. La responsabilidad de los socios se limita generalmente a sus aportaciones de capital.
La anonim şirket exige un capital mínimo de 250.000 TRY y conviene a estructuras de capital mayores y a ciertas actividades reguladas.
Toda sociedad turca debe tener un domicilio social en Turquía inscrito en el Registro Mercantil.
Ayudamos a organizar el domicilio social y los documentos necesarios para la presentación en MERSİS y el alta bancaria.
Según PwC Worldwide Tax Summaries (Turquía, última revisión 13 de febrero de 2026), el tipo del impuesto de sociedades es del 25%. Compilado por Lexbit a partir de PwC.
El tipo general de IVA es del 20% (PwC).
La retención sobre dividendos nacionales es generalmente del 15% antes de la aplicación de tratados (PwC).
Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta y las cotizaciones a la seguridad social conforme a las normas turcas de nómina. Confirme los tipos exactos con un asesor de nómina.
Las sociedades turcas deben llevar contabilidad y presentar el impuesto de sociedades y el IVA conforme al derecho tributario turco.
Nuestro equipo contable apoya la contabilidad, las declaraciones fiscales y el cumplimiento continuo.
Las sociedades turcas pueden contratar personal localmente. Los empleadores dan de alta a los empleados en la seguridad social y gestionan la nómina con las retenciones exigidas.
Apoyamos contratos laborales, altas y la nómina mensual.
Turquía es especialmente adecuada para:
Tras el registro, podemos ayudar con el alta fiscal, la apertura de cuenta bancaria corporativa, la contabilidad, la nómina y el soporte societario continuo.
Dependiendo de la naturaleza del proyecto, se pueden requerir los siguientes documentos:
Sí. La inversión extranjera está generalmente permitida conforme a la Ley de Inversión Extranjera Directa, con sujeción a las normas de identificación y a cualquier restricción sectorial.
Sí. Se requiere un domicilio social en Turquía para el registro en el Registro Mercantil.
50.000 TRY para una sociedad limitada (Ltd. Şti.) y 250.000 TRY para una anónima (A.Ş.), según la orientación del Registro Mercantil turco / TCC.
Tras la constitución preparamos el dossier KYC y presentamos bancos o proveedores de pago adecuados.
Nuestro equipo evaluará las necesidades de su negocio, le asesorará sobre la estructura corporativa más adecuada, preparará la documentación necesaria y coordinará el registro, el domicilio social, la contabilidad, la nómina y la banca.
Programe una consulta hoy y dé el primer paso para constituir su sociedad en Turquía.
Utilizamos cookies estrictamente necesarias para el funcionamiento de este sitio web. Con su consentimiento, también podemos utilizar cookies analíticas y de marketing. Consulte nuestra Política de cookies y Política de privacidad.